EN PRISIÓN EL DERMATÓLOGO DE OVIEDO


 
El médico, que iba a ser jefe de servicio del Hospital Central, solicitó un indulto parcial para evitar entrar en la cárcel, pero fue rechazado

L. Á. V.
El dermatólogo ovetense J. S. J. J., condenado a tres años de cárcel por intentar abusar de una paciente durante una sesión de depilación por láser, ingresó en la prisión de Villabona en días pasados para cumplir la condena impuesta por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo. El recurso de casación que presentó el médico ante el Supremo no fue admitido a trámite el pasado mes de mayo, por lo que el condenado pidió un indulto parcial ante el Gobierno, con el fin de que se redujese al pena y no entrase en prisión. Sin embargo, esta última petición fue rechazada y se ha visto obligado a ingresar en la cárcel.

En la sentencia de la Audiencia, el juez estimó como probado que el médico aprovechó la postura de la mujer -«Me puso a cuatro patas», declaró la víctima durante el juicio- para realizar «diversos tocamientos sobre la zona genital de ésta completamente ajenos a la praxis propia de la depilación láser». Además, consideró que el acusado «llegó a extraer el pene del pantalón poniéndolo en contacto con la vagina de la víctima, sin que llegara a producirse la penetración».

La sección segunda de la Audiencia valoró el relato de la víctima como «sincero, lineal y absolutamente coincidente», y estableció que la mujer sufría un síndrome de estrés postraumático, «no susceptible de simulación». El magistrado también tuvo en cuenta «la rotundidad y gran credibilidad en las declaraciones de los hermanos» de la víctima.

El caso de J. S. J. J. causó una gran sorpresa y estupor en Oviedo, donde es muy conocido. Su nombre llegó a sonar para hacerse cargo del servicio de Dermatología del Hospital Central. Sin embargo, este nombramiento fue abortado al conocerse que estaba incurso en un proceso por abusos sexuales a una paciente.

En el juicio, el médico esgrimió que mantenía una relación con la mujer y que ésta le había denunciado en venganza. El magistrado, sin embargo, desestimó este argumento indicando que no había prueba material alguna de esa relación (como mensajes de móvil, correos, notas, testigos indirectos, u otros detalles) y que era un sinsentido hacer creer que los contactos se mantenían en la clínica en la que el condenado trabajaba.